
¿Se puede modificar el cuidado personal de los hijos en Chile?
El cuidado personal de los hijos —lo que comúnmente se conoce como “tuición”— es un tema central en los casos de separación o divorcio. Pero ¿qué pasa si las condiciones cambian con el tiempo? ¿Es posible modificar esta medida legal? La respuesta es sí, y en este artículo te explicamos cuándo y cómo hacerlo.
El régimen de cuidado personal no es inamovible. Si las circunstancias cambian y crees que una modificación es lo mejor para tus hijos, es posible acudir a la justicia para solicitarla.
¿Cuándo es posible cambiar el régimen de cuidado personal?
En Chile, la ley permite modificar el régimen de cuidado personal si existe un cambio relevante en la situación de los padres o si está en juego el bienestar del niño o niña. Esto se basa en un principio fundamental del Derecho de Familia: el interés superior del menor. Es decir, más allá de los acuerdos entre los adultos, lo que importa es lo que resulte mejor para el desarrollo emocional, físico y psicológico de los hijos.
Causas frecuentes para solicitar una modificación
Existen varias situaciones que pueden justificar un cambio en el cuidado personal. Una de las más comunes es cuando uno de los padres no está cumpliendo adecuadamente con su rol, ya sea por negligencia, ausencia o comportamientos que afectan al menor. También es posible solicitar la modificación si hay señales de riesgo o maltrato, si el niño o niña manifiesta el deseo de vivir con el otro progenitor, o si han cambiado significativamente las condiciones de vida de alguno de los padres (por ejemplo, un cambio de ciudad, de ingresos o de disponibilidad para cuidar al menor).
¿Cómo se realiza la solicitud?
Modificar el régimen de cuidado personal no es automático; requiere seguir un proceso legal. El primer paso es presentar una demanda ante el Juzgado de Familia correspondiente. Esta demanda debe ir acompañada de pruebas que respalden que el cambio es necesario y que será beneficioso para el hijo o hija. Las pruebas pueden incluir testimonios, informes psicológicos, certificados médicos o documentos que reflejen las nuevas condiciones de vida.
Una vez presentada la solicitud, el juez evaluará los antecedentes, podrá citar a las partes a audiencias, y en muchos casos se considerará la opinión del menor —especialmente si tiene edad suficiente para expresarse con claridad—. Finalmente, el juez tomará una decisión basada en lo que estime mejor para el bienestar del niño o niña.
Conclusión
El régimen de cuidado personal no es inamovible. Si las circunstancias cambian y crees que una modificación es lo mejor para tus hijos, es posible acudir a la justicia para solicitarla. Como siempre en materia de familia, el foco debe estar en proteger los derechos de los niños, garantizando un entorno seguro, estable y afectivo para su desarrollo.